Lun. Dic 2nd, 2024

JUNTA DE DIPUTACIÓN

LA JUNTA DE DIPUTACIÓN

 

SECRETARIA: SILVIA MUÑOZ LÓPEZ. Correo electrónico: secretariaexaltacion@hotmail.com

VICESECRETARIO: MARTA LUCENA . Correo electrónico: vicesecretarioexaltacion@hotmail.com

DEPOSITARIO: JESÚS GÓMEZ YUBERO.

CONTADOR: JAVIER LUCENA LLORCA.

VOCAL 1: MARIANO BALLESTEROS RODRIGO. Representante de la Hermandad ante la Junta de Cofradías de Cuenca.

VOCAL 2: SERGIO CHECA PEÑALVER.

VOCAL 3: JAVIER TORRALBA FERNÁNDEZ.

VOCAL 4: JAVIER LAPARRA GONZÁLEZ.

VOCAL 5: CRISTINA VIECO ABARCA.

 

La Junta de Diputación llevará a cabo el gobierno y representación de la Hermandad, y estará compuesta por:

  • Tres hermanos mayores, uno nombrado por riguroso orden de lista y dos elegidos por la Junta General entre los hermanos voluntarios para el puesto, desempeñando el cargo por un año, no pudiendo acceder al cetro, hasta transcurridos 3 años.
  • Un secretario, nombrado por la Junta General, debiendo renovar el cargo cada cuatro años, pudiéndose reelegir a la misma persona sin límite.
  • Un vicesecretario, designado directamente por el secretario.
  • Un depositario, un contador y cinco vocales, propuestos por el secretario y ratificados, si lo estima conveniente, por la Junta General, estando su renovación ligada en cuanto a duración a la del secretario, si bien puede este proponer a la Junta General su sustitución en cualquier momento.
  • Un Capellán Consiliario nombrado por el Obispo Diocesano.

Art. 19.- La Junta de Diputación se reunirá cuantas veces estime oportuno el secretario, con un mínimo de dos veces al año, y será necesaria la asistencia de al menos 3 de sus miembros.

Art. 20.- Los acuerdos de la Junta General y de la Junta de Diputación se tomarán por mayoría absoluta de los presentes, pudiendo establecerse para algunos asuntos votación secreta, si la Junta de Diputación o la Junta General lo estiman conveniente.

Los derechos y obligaciones de la Junta de Diputación se encuentran recogidos en el TITULO IV de los Estatutos que rigen esta Hermandad.